La Suprema Corte de Justicia (SCJ) resolvió hace algunas semanas la destitución de una jueza, Ivanna Combe, quien ejercía funciones en el departamento de Treinta y Tres.
Como en todos los casos, Combe fue notificada en febrero de 2024 de que se le iniciaría un proceso de sumario con separación del cargo y la retención de la mitad de su sueldo.
En el informe de la sumariante, al que accedió Montevideo Portal, se asegura que la “actuación de la magistrada generó un desconcierto extendido en la ciudad de Treinta y Tres, siendo difícil recordar caso similar en el cual se denuncien hechos tan generalizados y por diversos agentes que guardan relación con el sistema de Justicia en el departamento antes mencionado”.
En el documento se asegura que Combe tenía “sendos atrasos” en materia de su trabajo y, de hecho, narra un episodio en el que la magistrada terminó “encerrada en el baño y siendo trasladada a una mutualista”.
Los atrasos con respecto al dictado de sentencias surgen de lo constatado en el sumario realizado, que abarca tanto documentos que se encontraban en la oficina de la jueza como en su domicilio.
“Los atrasos no son aislados, se cuentan por decenas y centenas”, asegura el texto de la SCJ.
De hecho, esta situación fue reconocida por Combe al decir que “existe un atraso importante en decretar y en dictado de algunas sentencias que se deben en gran parte al volumen de trabajo de la sede”.
Combe argumentó que la situación también se debe a que fue trasladada a Treinta y Tres bajo “un alto grado de estrés emocional debido a una dolencia de índole neurológica”.
En su casa, la jueza tenía 15 expedientes sin mover y el más viejo es del 1° de febrero de 2023, es decir, hace más de un año.
“Es claro que se ha verificado perjuicio a los usuarios del servicio de Justicia, con el consiguiente descrédito a la administración de Justicia”, agrega el documento de la sumariante.
Sobre los problemas de salud que esgrimió Combe, se concluyó que “francamente no convence”.
“Si bien emergen probados, principalmente los que guardan relación con el estrés emocional, se estima debió haber adoptado otras medidas, ya sea usufructuando licencia médica por estrés y no llegar al punto que le sobrepasara la problemática perjudicando en definitiva su función”, agrega el texto.
Si bien las dolencias quedaron probadas a través de las pericias realizadas, “no justifica plenamente las graves omisiones de la magistrada”, según los criterio de la SCJ.
En lo que tiene que ver con el volumen de trabajo argumentado por Combe, la sumariante reconoció que se trata de una sede con varios casos, pero “tampoco tan exorbitante como para que una jueza con años de experiencia en el cargo no pueda ordenadamente asumir”.
Los testimonios
En el sumario hecho por la SCJ se recogen algunos testimonios de abogados que daban cuenta de lo complicado que era llevar adelante los casos judiciales que tenía a cargo Combe.
Una defensora aseguró: “Ya no se podía trabajar en esta situación con la doctora. En varias oportunidades estuve más de tres horas esperando para ingresar a una audiencia”.
Otra abogada, quien aseguró tener muchos casos de violencia doméstica, contó que en varias ocasiones las esperas para las instancias judiciales implicaban varias horas y muchas veces la jueza no llegaba a las citas pactadas.
Por su parte, otra abogada contó que en algunas ocasiones Combe tomaba audiencias desde el baño.
“Se paraba y se iba al baño, y nos decía que siguiéramos hablando fuerte que ella escuchaba desde ahí”.
Uno de los testigos contó que en varias ocasiones, cuando Combe iba al baño, se escuchaban ruidos “raros de la nariz”.
“Pero no eran estornudos, era como si estuviera aspirando algo. Al retornar a la sala de audiencia, se le notaba claramente el cambio de actitud. Venía eufórica, hablando a veces sin sentido. [...] Más de una vez me pidió que la ayudara a decretar porque no estaba en condiciones. Más de una vez la gente a la cual defendía me preguntaba ‘¿qué le pasa?, esta es la persona que va a resolver sobre mi vida. Está borracha o se droga’”, añadió.
Finalmente, la SCJ resolvió la destitución por ineptitud para el ejercicio del cargo.
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